145 días en un psiquiátrico y 30 años sin Justicia
Por Facundo Lo Duca para Perycia.
María del Carmen Senem de Buzzi entró preocupada a la Asesoría de Menores e Incapaces N°1 de la Ciudad de Buenos Aires. Su hijo de 19 años padecía un cuadro de adicciones y necesitaba ayuda. A pesar de no dominar por completo el español —su lengua materna era el portugués— logró explicarse. La Justicia tomó su caso. El 22 de octubre de 1993, la jueza Marta del Rosario Mattera, a cargo del Juzgado Nacional en lo Civil N° 77, ordenó que un equipo de médicos forenses dictamine si el joven padecía alguna enfermedad o deficiencia mental. La magistrada especialista en derecho de familia, además, citó a María del Carmen, su esposo e hijo para una audiencia en su despacho. El 5 de noviembre de ese año, los tres se sentaron frente a la jueza. Allí María del Carmen mantuvo una breve discusión con su hijo en la que levantó la voz. Mattera se dirigió a ella.
─¿Usted entiende lo que significa que internen a su hijo?
─Quiero ayudarlo ─se hizo entender la madre.
Minutos después, Mattera le indicó que ahora ella sería entrevistada por un psiquiatra del equipo forense en otra oficina del juzgado. Allí un especialista la examinó nada más que diez minutos. Luego esperó una hora, sola, hasta que la jueza volvió a entrar.
─Acompañame ─le dijo.
Ambas bajaron en ascensor hasta la planta baja del juzgado. Cuando las puertas metálicas se abrieron, una médica psiquiátrica y cuatro camilleros rodearon a María del Carmen. La jueza la despidió con un saludo frío en ese instante. Los demás le explicaron que requerían sus estudios con urgencia y que para eso debían trasladarla a otro lugar en ambulancia. Ella aceptó y subió. El vehículo, por orden de Mattera, solo tenía destino de ida: la clínica psiquiátrica ‘Santa Clara’ de San Martín, en la provincia de Buenos Aires, donde María del Carmen estaría detenida contra su voluntad por cuatro meses y veinticinco días.
El agujero negro
Después del engaño, el calvario. Según revela la presentación ante la Comisión Interamericana de Derecho Humanos (CIDH) a la que María del Carmen recurrió representada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), tras el traslado pasó los primeros cinco días aislada en un cuarto de seguridad para personas “peligrosas”. Sufrió hambre y no recibió elementos para su higiene personal. Durante quince días, se le prohibió realizar llamadas telefónicas y recibir visitas. Tampoco se le explicó por qué permanecía detenida o cuál era su diagnóstico. Durante su estadía, fue obligada a consumir medicamentos molidos sin prescripción bajo amenaza de colocarle un chaleco de fuerza o de un nuevo aislamiento. Por otro lado, la mala alimentación y el contagio de enfermedades de la piel e infecciones urinarias —producto de la precaria higiene general— deterioraron su salud.
Ella, que se había acercado voluntariamente a la Justicia para pedir ayuda por su hijo, había sido confinada por el mismo sistema. La jueza para internar ilegalmente a María del Carmen, concluye el escrito, se basó exclusivamente en la breve entrevista realizada por el psiquiatra forense aquel 5 de noviembre de 1993 en el juzgado. La ley por entonces vigente, sin embargo, señalaba que debían ser dos los especialistas para ese tipo de evaluación. Asimismo, descartan que hubiera motivos que hicieran temer que ella pudiera dañarse o agredir a otrxs, situaciones previstas para ingresar a una persona a un centro de esas características.
Recién el 14 de diciembre de ese año, pasados treinta y nueve días de su confinamiento, el juzgado notificó al Defensor para que interviniera en el caso. Durante la internación, María del Carmen nunca contó con la asistencia de un traductor para entender lo que le estaba pasando ni para ser escuchada. No sería sino hasta el 9 de febrero que una Curadora oficial se presentaría formalmente en la causa. Es decir, estuvo noventa y cuatro días sin alguien que velara por sus derechos. Mucho menos, la magistrada Mattera.
En abril de 1994, tras permanecer ciento cuarenta y cinco días secuestrada por orden del sistema judicial, fue liberada.
14 años de justicia negada
La desidia estatal contra María del Carmen continuaría en Tribunales. El 5 de octubre de 1995 presentó una demanda por daños y perjuicios contra el Poder Judicial de la Nación. Ocho años después, en 2003, se dictó una sentencia en primera instancia: la justicia rechazaba su denuncia. Su defensa apeló. En 2005 la Cámara Nacional de Apelaciones sostuvo el rechazo. Contra esa decisión, su abogado interpuso un recurso extraordinario federal para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) interviniera. En 2009, el máximo órgano judicial desestima el recurso sin siquiera dar sus argumentos a través del llamado artículo 280, poniendo fin a las esperanzas de María del Carmen de que el mismo sistema que la había condenado, reconozca su culpabilidad. Entre el inicio del primer recurso y la decisión final pasaron casi catorce años.
En 2010, abogados del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) presentaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) una petición contra el Estado argentino ante las graves violaciones a los derechos humanos en el caso.
María del Carmen falleció en el 2019. Hoy, doce años después —y sin que ella lo sepa—, el Estado se disculpó y anticipó una cláusula de entendimiento con la CIDH en donde se compromete, entre otras medidas, a la correcta implementación de la Ley de Salud Mental en el interior del país; a la presentación de planes de adecuación de los hospitales neuropsiquiátricos públicos de la provincia de Buenos Aires; a la supervisión de las normas de habilitación en los centros de consumos problemáticos y la capacitación y formación en salud mental para funcionarios y magistrados del Poder Judicial.
“Está claro que las disculpas llegan tarde”, dice el abogado e integrante del CELS, Diego Morales. “Su caso refiere a la responsabilidad del Poder Judicial de la Ciudad que ordenó su internación y la falta de activación de los distintos dispositivos que deberían haber controlado de manera certera esa situación”, agrega. Desde la defensa pública que tendría que haber intervenido haciendo las presentaciones pertinentes hasta la falta de comunicación de las autoridades judiciales con la clínica, el abogado sostiene que fallaron todas las instancias que deberían haber defendido a María del Carmen. “Ya sea porque se la internó sin ningún fundamento legal contundente o se apoyaron en decisiones de psiquiatras que nunca se habían entrevistado con ella para mantenerla detenida, la justicia nunca le dio la posibilidad de defenderse”, afirma Morales. Pese a las disculpas tardías del Estado, el integrante del CELS ve con buenos ojos el compromiso con la CIDH. “En el contexto actual de la Ley de Salud Mental, donde percibimos que deberían fortalecerse varios puntos, estas decisiones contribuyen a poner el relieve la problemática y aplicar políticas públicas más directas”.
Punitivismo por género
Macarena Sabín Paz, coordinadora del equipo de Salud Mental del CELS, conoció a María del Carmen hace algunos años. La recuerda como una mujer comprometida con su causa y “muy presente” cuando se la convocaba a narrar su experiencia. “Era muy amorosa. Después de todo lo que le había pasado, seguía con detenimiento su caso ante la CIDH”, cuenta la especialista. “Todavía hoy, y con la Ley de Salud Mental (2010), siguen ocurriendo detenciones forzosas en los centros psiquiátricos de la Provincias de Buenos Aires” (Ver: Números que alarman), señala.
Sin embargo, Sabín Paz explica que las situaciones que sufrió María del Carmen con su detención serían “difícil” que hoy se repliquen. “Al momento de cualquier internación se dispara un procedimiento de control en el que interviene un juez de Familia, Civil y abogados defensores”, detalla. Respecto a la lectura que hizo la jueza Marta del Rosario Mattera, la especialista asegura que primó la “patologización”. “Patologizó el comportamiento de una mamá que estaba muy preocupada por la salud de su hijo en detrimento de la posibilidad de oír lo que ella tenía para decir”.
La integrante del CELS además suma la perspectiva de género. Una mujer que en aquella época peleaba o gritaba por la salud de su hijo frente a un juez, explica Sabín Paz, “corría el riesgo de ser considerada insana”. “Hay un punitivismo vinculado a que las mujeres se comporten de acuerdo con ciertos roles y que son castigadas al correrse de ese eje”.
La magistrada Mattera se jubiló en 2017. En 1990, había asumido como jueza Nacional de Familia y Capacidad de las Personas del Juzgado N° 77 de Capital Federal. Desde entonces, escribió libros y ponencias relacionados al tópico familia. En un artículo de su autoría, explica: “Las causas que se inician en los Juzgados de Familia bajo la forma de denuncias de violencia familiar o protección de personas, […] implican el ejercicio para el órgano judicial de dos aspectos operativos absolutamente diferenciados y, en ocasiones, difícilmente conciliables, adoptar decisiones de acuerdo a las normas jurídicas con capacidad para forzar su cumplimiento, y desarrollar una tarea de neto corte asistencial”. Es curioso que ella no haya cumplido ninguna. Perycia se comunicó con la exjueza para conocer su opinión ante el pedido de disculpas del Estado con María del Carmen, treinta años después de que ordenara internarla ilegalmente.
─No puedo hablar de las causas en las que ya no estoy y no quiero dar mi opinión sobre el tema ─dijo vacilante y cortó.