La Palta

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Un paso más en la lucha contra la diabetes

Fotografía de pat138241 | FreeDigitalPhotos.net

En Argentina el 11% de la población adulta padece diabetes. Esta es una enfermedad crónica que aparece cuando el páncreas no produce insulina suficiente o cuando el organismo no utiliza eficazmente la insulina que produce. La insulina es una hormona que regula el azúcar en la sangre. La diabetes no controlada produce la hiperglucemia (aumento de azúcar en la sangre), que con el tiempo daña gravemente muchos órganos y sistemas, especialmente los nervios y los vasos sanguíneos. (1)

La Argentina contaba, desde el año 1988, con la ley nacional de protección a la persona con diabetes, ley N° 23.753. El 28 de noviembre pasado, esta ley fue actualizada por el Congreso de la Nación, beneficiando a todas las personas que padecen diabetes tipo 1, 2 y gestacional. Las prestadoras de servicios de salud, tanto públicas como privadas, deberán cubrir el 100% de los insumos. Es decir, que con esta ley actualizada se asiste a una ampliación en este tipo de cobertura.

Además la ley establece que “el Estado debe garantizar la producción, distribución y dispensación de los medicamentos y reactivos de diagnóstico para autocontrol a todos los pacientes con diabetes”. También debe establecer normas de provisión de medicamentos e insumos que deberán ser revisadas cada dos años y actualizadas de acuerdo con los avances farmacológicos y tecnológicos.

Para miembros de la Asociación Civil N.A.Dia (Nueva Asociación de Diabetes), es primordial la educación y la información para la sociedad. Lo que se necesita es un Estado garante que se encargue de hacer las campañas necesarias de prevención y de difusión de la enfermedad para evitar las consecuencias que esta produce por la falta de tratamiento adecuado. Cabe aclarar que N.A.Dia fue la asociación que, junto al senador Ernesto Sanz, impulsaron el proyecto de modificación de la ley.

Años de lucha de organizaciones y unas 80 mil firmas hicieron posible este avance. Se espera que en los próximos 30 días, a partir del día de la sanción, se lleve a cabo la actualización del Programa Médico Obligatorio y se establezcan las normas de provisión de medicamentos e insumos. En caso de que esto no se cumpla la ley prevé la denuncia civil y penal por incumplimiento de funcionario público.

Una herramienta más en la lucha por el derecho a la salud. Una oportunidad más para que las personas que padecen diabetes puedan llevar una vida normal.

Marianella Triunfetti

mtriunfetti@colectivolapalta.com.ar

(1) Organización Mundial de la Salud