Argentina, ¿cuida a sus trabajadores?
Por Luana Martínez
En medio de la creciente crisis económica en Argentina, una considerable parte de la población se ha visto obligada a buscar una segunda ocupación para poder solventar las necesidades básicas de sus hogares. Ante esta situación en la que el trabajo se ha convertido en una mercancía sujeta a las leyes de la oferta y la demanda, los empleadores abusan de esta posición al ofrecer trabajos precarizados, mal remunerados, y en muchas ocasiones insalubres e inseguros para los trabajadores. En este panorama, la posibilidad siquiera de soñar con poder acceder a una obra social para hacerle frente, se encuentra muy lejana, lo que lleva a la mayoría de las personas a aceptar empleos a pesar de todas estas carencias.
Según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) los sectores laborales con mayor informalidad son el de la agricultura y la construcción. En términos porcentuales, la tasa de informalidad en el sector agrícola alcanza el 64,12%, mientras que en la construcción llega a 55,1%. Ambos sectores, aunque cada uno con sus particularidades, presentan un alto riesgo laboral para los trabajadores.
En el sector de la agricultura, los accidentes más comunes están relacionados con el uso de maquinaria, herramientas, y esfuerzos físicos intensos, entre otros factores. Por otro lado, en el ámbito de la construcción, los trabajadores enfrentan no solo los riesgos de su propia labor, sino también los generados por compañeros en su radio de proximidad. Las lesiones más frecuentes incluyen cortaduras, accidentes con herramientas y lesiones derivadas del manejo de cargamentos pesados.
La gravedad de cada riesgo laboral está determinada por la concentración y la duración de la exposición en un contexto laboral específico. Una característica común de estos trabajos es su brevedad, ya que los trabajadores suelen permanecer en ellos un período corto de tiempo, generalmente no más de tres meses. Esta naturaleza temporal de los empleos sirve de excusa a los empleadores que no se molestan en formalizar legalmente la relación laboral, dejando a los trabajadores sin salarios registrados, sin aportes jubilatorios y, sobre todo, sin cobertura de salud.
Estos trabajos suelen implicar riesgos significativos a largo plazo y carecen de las precauciones adecuadas, lo que a menudo resulta en accidentes para los trabajadores precarizados. En la mayoría de los casos no se realizan coberturas médicas, y en aquellos casos en los que sí se ofrece, resulta muy complicado para el trabajador recuperar su estado de salud óptimo. Además, el proceso burocrático extenso al que se ve sometida la persona lesionada conlleva largas esperas y trámites administrativos. En algunas situaciones se responsabiliza al trabajador hasta el punto de ser despedido abruptamente por un accidente que podría haberse evitado, brindándole las protecciones adecuadas.
Tanto en el sector de la agricultura como en el de la construcción, a pesar de aparentemente no tener mucho en común, comparten la tendencia de tratar a sus trabajadores de manera informal. Es importante resaltar que los accidentes en estos entornos no siempre se manifiestan físicamente de manera evidente, como una cortadura, ya que también están expuestos a productos químicos como los fertilizantes en la agricultura, o como el polvo de cal en la construcción. Estos agentes pueden causar lesiones internas que no son detectadas de inmediato y su impacto puede pasar desapercibido hasta que el problema se agrava.
Muchas personas recurren a estas ocupaciones con una precarización normalizada, sacrificando su seguridad física para poder proveer alimento a sus hogares. Es responsabilidad del Estado preocuparse y ocuparse de la situación de las personas que se ven expuestas a estas condiciones a diario. Sin embargo, es sabido que actualmente no se están llevando a cabo planes concretos desde ese ámbito para garantizar la integridad física de estas personas. Por el contrario, en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente, se pretendía derogar leyes que hacen las aflicciones de estas personas al menos un poco más escuchadas. Tal es el caso de los artículos 8° a 17° y 120° de la Ley de Empleo 24.013, que obligan a registrar a los trabajadores en relación de dependencia, e impone multas a las empresas que tengan trabajadores no registrados.
En cualquier caso, los trabajos de la agricultura y la construcción son tan dignos como cualquier otro y sus condiciones deberían reflejar esta igualdad. En Argentina, la precarización laboral está normalizada, pero no debemos aceptar como normal que los trabajadores agrícolas y obreros vean deteriorada su salud año tras año, simplemente porque “así son esos trabajos”. Es fundamental asegurar la regulación de estas labores y obligar a los empleadores a proporcionar los equipamientos y la cobertura necesarios para proteger la salud a sus empleados.
*Se agradece la colaboración para la realización de la nota a Fabián Héctor Ponce (trabajador agrario y de la construcción).