Causa Celeste: una víctima de la inconstitucionalidad
"Le comento que la ley de contravenciones es inconstitucional, así que yo le aconsejo, si no quiere tener problemas en su carrera, no la use", fueron las palabras del juez Dante Ibáñez al agente Gallardo. En la sala de audiencias varias cabezas asintieron. “Yo no la usé. No me parecía necesario”, se defendió Roberto Antonio Gallardo, uno de los policías imputados en la causa de Celeste. Este diálogo tuvo lugar durante la segunda audiencia del juicio que se lleva a cabo en la sala III del Palacio de Tribunales de Tucumán por un hecho del año 2013. La causa tiene como víctima a una chica trans tucumana que denunció violencia policial en la comisaría IV después de haber sido detenida en su casa. Por este hecho se encuentran imputados seis policías quienes, según la denuncia formulada por el fiscal de instrucción, cometieron delitos sexuales contra Celeste.
El argumento más fuerte del porqué de la detención es una contravención policial. “¿Sabe lo que relata el artículo 19 inciso 4 de la ley de contravenciones?”, preguntó el juez Fabián Adolfo Fradejas. “El que causare desorden en la vía pública”, respondió el imputado. “Y por ese inciso, ¿podría haber una contravención según lo que usted mismo relata que hizo Celeste en su casa?”, continuó el magistrado desde el tribunal, como quien le hace entender a un niño. “Sí, porque tenía los testigos del 911. Ellos me dijeron que utilice la ley de contravenciones porque ella había hecho desorden”, se justificó Gallardo. “Usted mismo me está diciendo que el artículo se aplica en la vía pública”, cuestionó Fradejas. “Claro”, asintió el imputado. “Y usted me está diciendo que la detención se ha producido dentro de la casa de Celeste”, destacó el juez. “Bueno sí, hubo un lío bárbaro ahí. Puede haber sido en la vereda, en el frente”, explicó el policía. “La ley dice en la vía pública”, repitió el integrante del tribunal y agregó “no tengo más preguntas”.
En Tucumán, la ley de contravenciones avasalla derechos desde 1981 y son cientos las denuncias respecto a esta facultad ilegal de la policía para ejercer control. Hace seis años la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de la ley de contravenciones sosteniendo que no respeta los estándares mínimos plasmados en la Constitución Nacional. Además destacó el hecho de que la persona detenida bajo esta ley se encuentra incomunicada y sin la asistencia de un abogado. Desde entonces la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a la Justicia de Tucumán dictaminar un nuevo fallo acorde a la inconstitucionalidad de la ley de contravenciones. El 2 de junio de 2014 la Corte tucumana se expidió ante la inconstitucionalidad de los artículos 5 y 13 de la Ley de Contravenciones Policiales.
Según lo declarado por los imputados, fue la abuela de Celeste quien hizo la denuncia para que la detuvieran. “La anciana estaba asustada porque Celeste le reclamaba una cadena que tenía para salir de noche”, dijo Gallardo. Tras esta denuncia, Celeste fue detenida por policías que ingresaron ilegalmente en su domicilio, como se relata en el comunicado de prensa de los organismos que apoyan la causa. La acusación manifiesta que en la comisaría los policías privaron a Celeste de su libertad por tres días, la alojaron en el patio de la seccional y le imposibilitaron el contacto con familiares o el asesoramiento por abogados. Además, según se denuncia, Celeste fue sometida a violencia física y psicológica por parte del personal policial y a los abusos sexuales de un grupo de agentes policiales y de otros detenidos en la comisaría. Al día siguiente de estos hechos, parte de este grupo obligó a Celeste a cambiar su ropa para ocultar evidencias del delito, de acuerdo a lo expresado en el comunicado. A esto se suman denuncias por amenazas de parte personal de la comisaría. Al día de hoy Celeste se encuentra bajo custodia y los imputados continúan prestando servicios como policías.
Los escollos del Estado
“Celeste no sabe leer y en la Justicia no hay ningún órgano que se encargue de acompañar a las víctimas. A Celeste nunca se le dijo que tiene derecho a constituirse como querellante”, explicó Lucas Stambole Dasilva, integrante del Centro Educativo Trans de Puertas Abiertas de Tucumán que acompaña a la víctima. Por este motivo, la acción está encabezada por el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal Estela Gifoniello. El tribunal del juicio oral está presidido por Dante Ibáñez e integrado, también, por Fabián Adolfo Fradejas y Néstor Macoritto. Los imputados son Rubén Ernesto Aguirre, Walter Francisco Trejo, Miguel Antonio Concha, Ramón Julio César Ledesma, Roberto Antonio Gallardo y Aldo Omar Quiroga.
“Venimos hace tiempo militando una ley de atención integral para la población trans y se está presentando en el Congreso de la Nación un proyecto de reparación histórica para la población trans por parte del Estado. Justamente por estas situaciones que estamos presenciado con Celeste”, contó el profesor Fabián Vera de Barco, integrante de la organización Tucumán Diverso. La causa de Celeste ilustra la realidad que viven muchas personas travestis, transexuales y transgéneros. El carácter de sobreviviente de Celeste permite sacar a la luz la vulnerabilidad de este sector de la sociedad que todavía luchan por sus derechos ciudadanos. La falta de acceso al mundo laboral, al sistema de salud, al sistema educativo y al reconocimiento de su identidad por gran parte de la sociedad civil llevan a estas personas a que su promedio de vida no supere los 40 años. “Ser transgénero en Argentina es ser un ciudadano de última clase. Lo único que se logró hasta el momento como política pública para la población trans es el documento de identidad, que es el primer derecho básico de todo ciudadano”, rescató Vera de Barco.
Esta causa representa no sólo la violencia institucional del aparato policial, sino también una reparación para la comunidad trans. De esta manera la causa de Celeste alcanzaría la real justicia, que es la justicia social por la que vienen luchando desde hace años los colectivos LGTB (Lesbianas, Gays, Bisexuales y personas Transgénero). Ante esto Fabián explicó que se trata de “una reparación integral que tiene que ver, por ejemplo, con que el Estado genere un cupo laboral, que en la administración pública haya un porcentaje para que las compañeras trans puedan acceder a un trabajo estable. Un gran impedimento de esto es la cuestión de la idoneidad. Pero, ¿cómo vas a tener idoneidad si naciste civilmente hace cuatro años? ¿Cómo vas a tener idoneidad si te expulsaron del sistema a la calle?”.