Hecha la ley, hecho el sinónimo

La ley 7876 en su artículo 34 expresa que “queda prohibida la inauguración de obras públicas, el Lanzamiento de programas, proyectos y cualquier acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de losCandidatos a cargo públicos electivos, dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de los comicios”.

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