Debate en lo particular: puntos álgidos de la Ley ómnibus
/Hoy, a partir de las 14, el Congreso de la Nación va a sesionar para votar artículo por artículo del proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos, públicamente conocida como ‘Ley ómnibus’. El proyecto ingresó el 27 de diciembre del año pasado con 664 artículos. Después de casi un mes de discusiones y negociaciones, se aprobaron, como se suele hacer, las bases generales de la ley. Ahora toca evaluar artículo por artículo. El dictamen, que se firmó el 24 de enero, quedó con 525 artículos, de los cuales se acordaron eliminar otros 160.
Pero, ¿qué ocurrirá con esos 365 artículos restantes? Todo indica que algunos no pasarán.
Entre negociaciones y provocaciones
Los cambios que se produjeron -y se seguirán produciendo- en el proyecto de ley se debe a la necesidad del Gobierno Nacional de conseguir los votos por parte de los representantes de las provincias. Es por eso que las principales negociaciones se dieron con los gobernadores, además de los diputados ‘amigables’. De hecho, antes de empezar el debate definitivo en Diputados, la propuesta que el oficialismo debía hacer llegar, no llegó. Lo que sí llegó a lo largo de estos días fue una serie de declaraciones que pueden leerse como provocaciones.
Por ejemplo, el presidente provisional del Senado, Bartolomé Abdala, dijo: “los gobernadores son animalitos de gastar y donde vean que pueden sacar algo más para llevar agua a su molino, lo van a hacer”. Otro ejemplo es el del ministro del interior, Guillermo Francos que, hasta la semana pasada, había hablado con un grupo de gobernadores y avanzado en un pacto de palabra en materia de coparticipaciones. Sin embargo, ayer, el ministro aseguró que desde el gobierno no están dispuestos a coparticipar el Impuesto País. Además, afirmó que, de establecerse la coparticipación, el presidente tiene la facultad de vetar.
¿A Milei le molesta el Congreso?
Desde que se conoció la llamada Ley Ómnibus, una de las primeras cosas que alarmó fueron las facultades delegadas al Poder Ejecutivo a través del dictado de la emergencia pública en diversas materias. Si bien la Constitución Nacional prohíbe en su artículo 76 la delegación legislativa, las habilita en materias determinadas de administración o en casos de emergencia pública, con bases establecidas por ley y con un plazo determinado. Como ocurrió, por ejemplo, en materia de salud pública durante la pandemia por Covid-19.
Este proyecto de ley presentado por el presidente Javier Milei exhibe en el capítulo dos la declaración de emergencias, las bases y las delegaciones legislativas. Según el dictamen, las emergencias (por un año y prorrogables por el Congreso por otro año) serían: económica, financiera, fiscal, previsional, seguridad, salud, tarifaria, energética y administrativa. Si bien se bajaron de 11 a 9, sigue apareciendo esta idea de gobernar sin necesidad de pasar por el Congreso. “A Milei le irrita el Congreso, se vio en gestos simbólicos como los de asumir (el cargo) de espaldas al Congreso”, dice el periodista Matías Mowszet.
Los puntos conflictivos:
Facultades delegadas: las emergencias que quedaron en el dictamen aprobado no incluyen las de Defensa y Social que figuraban en el documento original. Entre las que quedan por delegar y que se presentan como un punto álgido son las de Seguridad, Salud y Previsional.
Privatizaciones: el gobierno dividió las empresas a privatizar en 4 anexos. Uno de los cuatro anexos contiene al Banco Nación, a Nucleoeléctrica y a Arsat y, al respecto, no hay una postura unificada dentro de uno de los bloques dialoguistas. Además, piden en este punto más transparencia.
Deuda: otro artículo cuestionado es el que cambia la regulación de la deuda pública. La Ley actual obliga a que toda reestructuración se haga “en la medida que mejore los montos, plazos y/o intereses”. El proyecto elimina ese requisito.
Además, la actual Ley obliga a que toda deuda que se toma en moneda extranjera y que supere un determinado límite, tiene que ser aprobada por el Congreso. Desde algunos sectores dejaron claro que las posturas no estaban unificadas al respecto.
Seguridad: en materia de seguridad, después de la represión de la semana pasada, el terreno se puso incierto. Ocurre que el artículo 300 criminaliza las manifestaciones con penas que resultan demasiado elevadas, por ejemplo, establecer penas de 1 a 3 años y medio de prisión para quienes ‘estorbase o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes’.