Un debate, un Código Penal por cambiar
/Hablar de la reforma del Código Penal argentino es, para la opinión pública, adentrarse en un debate político que confunde prevención de delitos con escalas de penas. Mirar el actual código es como mirar un libro dinamitado y reconstruido con cinta de embalar, parchado por más de 300 modificaciones desde 1921. La historia de la codificación penal es compleja y la experiencia indica que siempre fue demorada. Hace pocas semanas, la Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización e Integración del Código Penal, creada en el año 2012, presentó ante Poder Ejecutivo Nacional el anteproyecto de reforma.
La propuesta de modificación surgió por iniciativa del PEN junto a todos los sectores políticos del país. Se convocó a especialistas en derecho penal, como Raúl Zaffaroni, y a sectores de la sociedad civil, tanto ONG como organismos estatales, para que aporten en la formación de anteproyecto. Luego de dos años de trabajo se analiza la presentación que, de ser aprobada por el Ejecutivo, será discutida en el Congreso de la Nación.
Para entender de qué se trata la reforma, Daniel Weisemberg, integrante de ANDHES–Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales–explicó cuál es la función del Código Penal argentino. Al respecto expresó que se trata de una ley más que tiene la particularidad de estar constituida de manera orgánica y describe cuáles son los bienes jurídicos que el Estado considera que deben ser protegidos y cuáles serán las sanciones para quien los afecte.
Según Weisemberg, en términos generales, el código nuevo no vendría a modificar o constituir nuevos delitos sino a ordenar y dar coherencia a la ley penal, cosa que actualmente no existe. La reforma establecería un orden que permita al Estado la protección de determinados bienes con una escala de penas equitativa y comparativa. “Hay delitos contra la propiedad que tienen escalas penales mucho más graves que la trata de personas. Entonces, el nuevo código no viene a abolir delitos sino que viene a dar una coherencia y es ahí donde está la profundidad de la reforma”, sostuvo.
Dentro del anteproyecto se incluyeron algunas adecuaciones y el desplazamiento de cuestiones consideradas inconstitucionales, como la denominada 'pena de reclusión', que debía ser cumplida en el Presidio Federal de Ushuaia, cerrado en la década del 40. También se desplazó el artículo 52 sobre 'reclusión por tiempo indeterminado', de acuerdo a la peligrosidad de la persona. Según explicó Daniel, “esto se realizó dado que el sistema legal no juzga la peligrosidad de la persona sino las acciones concretas. La cuestión de valorar la peligrosidad lleva a generar distintas interpretaciones, que en contextos históricos determinados llegó a ser el negro, el homosexual, el subversivo, etcétera.”
Los cambios profundos residen en cuestiones de orden, como determinar cuáles son las penas máximas ya que el Código Penal actual no las puede decir con claridad. El anteproyecto contempla la incorporación de la figura jurídica de 'genocidio', que contiene la pena máxima establecida con 30 años de prisión.
“La modificación permitirá poner un límite al poder punitivo del estado. A raíz de la existencia de un Código Penal una persona no puede ser detenida por cualquier cosa y a quien comenta un determinado delito se le aplicará hasta un límite de punición y nada que vaya más de ello”, resaltó Weisemberg.
En cuanto al reconocimiento de los derechos de las víctimas, el nuevo código vendría a ampliar su capacidad de intervención en el proceso penal. Además, establece un cumplimiento efectivo de las condenas y agrega un sistema de penas alternativas como trabajos comunitarios, reparación del daño a la víctima, entre otros.
La reforma del código es una iniciativa muy discutida y en la que se plantean diversas perspectivas. Una de ellas es la que considera que el código es una herramienta de prevención o lucha contra la inseguridad, como sostuvieron algunos sectores políticos. Sin embargo, Daniel aclaró que “El derecho penal no actúa como una herramienta de prevención del delito sino una vez consumado el mismo, y sobre ellos aplica una sanción. Por estudios de sociología y criminología está comprobado que no aporta a la prevención si una pena es más grave o leve. Los Estados que tienen de pena de muerte son los Estados donde más delitos se cometen”.
El anteproyecto de reforma fue utilizado por distintos partidos políticos para avanzar sobre la discusión de la inseguridad. Sin embargo, Daniel sostuvo que la discusión Código Penal y Seguridad son cuestiones y debates separados. “Querer meter ambos en una sola discusión es algo mal intencionado y habla de la incapacidad de los sectores políticos. Es como plantear una solución simplista al decir que si hay mucho robo entonces subamos la pena por robo. La solución se logra con educación, prevención y la disminución de la desigualdad social”.
El Ejecutivo debe decir si el anteproyecto de reforma se convierte en proyecto y, en caso que esto ocurra, será discutido en el Congreso de la Nación, tanto por la cámara de diputados y como la de senadores. Una vez cerrado el acuerdo entre las fuerzas del Congreso deberá ser promulgado por el Ejecutivo.
Para finalizar, Weisemberg invitó a la comunidad a leer el anteproyecto de reforma que está disponible en Internet. Además insistió en no dejarse llevar por discursos fáciles sino informarse y plantear un pensamiento propio sobre el tema, de acuerdo a la experiencia.
Exequiel Reinoso
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