OSDE fue condenada por discriminar a un afiliado trans

Por Ramiro Bejas y Rosario Rodríguez del Busto, en el marco de la optativa de Comunicación y Derechos Humanos de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT).

Fotografía de Técnica Pro

La prepaga OSDE (Organización de Servicios Directos Empresario) fue condenada por un caso de transfobia. Según OSDE, la transexualidad es una patología que sus afiliados deben declarar como enfermedad previa, de acuerdo con lo argumentado en el juicio por el abogado de la empresa. El denunciante es R. S. (prefiere preservar su identidad para resguardar su intimidad), un hombre trans que perdió su cobertura de salud luego de que la prepaga le negara una cirugía de adaptación. Además, OSDE lo acusó de falsear su declaración jurada al no aclarar su condición de trans. Por este motivo, R. S. decidió llevarla a juicio, acusándola de violación del derecho al trato digno, en el marco de discriminación en razón de la identidad de género.

“La única verdad es que me discriminan porque soy un hombre transexual. Me tratan de enfermo, me humillan, dañan mi dignidad como persona, me tratan como si fuera una cosa y una cosa de mala calidad. Manejan mi derecho a la salud como se les da la gana, me desprecian una y otra vez”, sostuvo R. S. al denunciar el caso en la Defensoría del Pueblo de la Nación Argentina. No se trata de un caso aislado: las múltiples denuncias mediáticas por parte de la comunidad trans demuestran que la exclusión por discriminación y el maltrato en las instituciones médicas es una constante. Según estos planteos, la afiliación de personas trans a las prepagas se caracteriza por la imposición de obstáculos que operan como barreras de acceso: certificados, documentación adicional, controles médicos, dictámenes previos y cuotas diferenciadas de mayor valor. 

A diez años de la aprobación de la ley de Identidad de Género (N° 26.743), el acceso a la salud por parte de dicha comunidad sigue siendo una deuda pendiente. “En el ámbito privado mezquinan los servicios, incluso cuando sos afiliade. En la salud pública, buscan que los tratamientos y cirugías sean por privado para que tu necesidad vuelva al ‘kiosquito privado’ de les especialistas. No les interesan nuestros pasos por las instituciones médicas y mucho menos nuestra salud”, sostuvo Claudinna Rukone, activista por Mujeres Trans Argentina en representación de Tucumán.

La ley de Identidad de Género es vanguardista. Busca asegurar a la comunidad LGTBIQ+ el acceso a las prestaciones de salud, atención integral y de calidad, y un trato digno. Asimismo, le reconoce el derecho a guardar absoluta confidencialidad respecto de su identidad de género autopercibida. Otro objetivo de la ley es la despatologización de la transexualidad. Esto significa reivindicar que la identidad de género autopercibida es un derecho humano, y nunca un padecimiento o condición mental.

Fotografía de Elena Nicolay | La Palta

La importancia de denunciar y capacitar

Augusto Moeykens -abogado del caso, militante, y defensor de los derechos humanos en el INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo)- destacó que “el proceso judicial demoró mucho tiempo y que debería haber sido abordado con mayor celeridad y rapidez por la justicia. En un primer momento, R. S. no estaba decidido a mostrarse y a militar en forma abierta y pública por los derechos de la diversidad sexual. Una vez dictada la sentencia a OSDE, R. S. había transitado un camino de empoderamiento en relación al ejercicio de sus derechos y hasta formado una ONG que se dedica a la defensa y tutela de los derechos trans en Tucumán”. De acuerdo con el especialista, se espera que los conflictos que involucran derechos personalísimos encuentren una pronta respuesta en la Justicia, sin embargo, este juicio duró más de cuatro años. Si bien la sentencia cumplió con las expectativas del denunciante, al reconocérsele un resarcimiento de $280.000 por los daños sufridos, lo determinante y reivindicador fue el camino vivido por R. S. 

Un relevamiento de 2021 realizado por la Dirección Nacional de Defensa de las y los Consumidores (DNDC) muestra que del total de los reclamos por parte de los colectivos vulnerables, solo el 12% corresponden a prestaciones de servicio de salud. Y el 24% de los mismos fueron hechos denunciados por la comunidad LGTBIQ+. Si bien el porcentaje no parece significativo, las autoridades tienen particularmente en cuenta las barreras de acceso a las que se enfrenta este colectivo. 

Sebastián Barocelli, director nacional de la DNDC, destacó la implementación de políticas públicas destinadas a facilitar la información, el asesoramiento y las vías para concretar las denuncias, por parte de la comunidad LGTBIQ+. Las mismas pueden realizarse en la página web de la DNDC, de manera gratuita. Iniciativas como éstas exigen y presionan a las prepagas a dar una respuesta. Y previenen así que situaciones como la de OSDE no se repitan.

Para abordar casos como el de R. S. contra OSDE, Moeykens aconsejó: “es necesario que las universidades trabajen en la visibilización y la sensibilización de estos derechos para que los abogados y abogadas puedan tener una perspectiva de derechos humanos a la hora de elegir un caso y patrocinarlo”. La Facultad de Derechos y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT), por ejemplo, reformó su currícula en los años 2000 y 2018 creando cátedras e incluyendo materias como Derechos Humanos y Género y Diversidad en el plan de estudio.

Toda conflictividad debe atravesarse, analizarse y decidirse desde una perspectiva que contemple los derechos fundamentales y humanos involucrados (vida, salud, identidad, igualdad y libertad). El caso de R. S. contra OSDE es un antecedente importante, pero es necesario seguir visibilizando las realidades del colectivo trans y exigiendo el reconocimiento de sus derechos. Para que el espiral infernal que significa el acceso a la salud por parte de esta comunidad deje de ser tal y se transforme en un derecho garantizado.