Una reforma que atenta contra los derechos de las personas con discapacidad
/Foto: Marcha por la ley de emerecencia (2025) - Alejandro Sarmiento | La Palta
En abril, el Gobierno nacional presentó en el Senado de la Nación un nuevo proyecto de ley titulado “Contra el fraude de pensiones por invalidez”. El mismo es impulsado por el ministro de Salud, Mario Lugones, y busca reformar la actual Ley de Emergencia en Discapacidad (Ley 27.793), que, pese a distintos fallos judiciales que instan a su aplicación, sigue sin ser implementada.
La reforma establece un nuevo reempadronamiento obligatorio de las personas que cobran la pensión por discapacidad. A quienes no actualicen su información personal, socioeconómica y médica en un plazo de 90 días, se les quitará la pensión. “El problema de esto es que los transportes son inaccesibles para las personas con discapacidad. Tucumán no cuenta con colectivos con rampas, los remises y los uber no tienen servicios con baúl. Por otra parte, no siempre contamos con alguien que nos acompañe para hacer este tipo de trámites”, explica Sebastián Castellano, comunicador y militante por los derechos de las personas con discapacidad. Además, agrega que los problemas de salud también dificultan salir de las casas, sobre todo durante el invierno.
Otro de los puntos del proyecto plantea la eliminación del artículo 14 de la ley actual, que establece la actualización de los aranceles para prestadores de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC). También suprime el nomenclador de prestaciones únicas, el cual decide cuánto debe cobrarse por cada prestación por discapacidad y fija aranceles homogéneos, independientemente de la obra social que tenga la persona. Con la modificación, esta decisión quedaría en manos de Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes podrán realizar convenios para administrar y distribuir los fondos.
También se propone la “incompatibilidad absoluta” entre el cobro de la pensión y cualquier trabajo registrado. Es decir, se eliminaría la posibilidad de que una persona con discapacidad acceda a un empleo formal y continúe percibiendo la pensión. “Esto trae como consecuencia que muchas de las personas con discapacidad, al obtener un trabajo, no lo tomen por miedo a que lo despidan y queden automáticamente sin ningún tipo de ingreso económico”, sostiene Castellano. Actualmente, la ley establece que una persona con discapacidad puede cobrar la pensión y trabajar formalmente, sin superar dos salarios mínimos. Asimismo, el proyecto cambia la denominación de “pensión por discapacidad” a “pensión por invalidez laboral”. “Se pone el foco en lo biológico. O sea se va a determinar si la persona está en condiciones físicas de trabajar o no. Esto deja de lado lo social, donde los prejuicios y la discriminación acerca de la productividad de las personas con discapacidad es un problema real”, afirma el comunicador.
La Ley 27.793 fue reglamentada en febrero de este año y declara la emergencia en discapacidad en todo el país hasta diciembre de 2017. Su principal objetivo es garantizar los derechos de las personas con discapacidad. Sin embargo, a día de hoy continúa sin ser implementada. “Con esta reforma se quiere instalar que la discapacidad es falsa hasta que se demuestre lo contrario. Entonces, ¿esto es control o recorte disfrazado?” concluye Castellano.
