De dos condenas a la absolución de los policías que mataron a Facundo Ferreira

Foto: Italo Lautaro Vaca NAvarro | La Palta

El 8 de marzo de 2018, Facundo Alexis Ferreira, de 12 años, fue asesinado por agentes de la Policía Motorizada de Tucumán. Nicolás González Montes de Oca y Mauro Díaz Cáceres fueron imputados, juzgados y condenados en dos oportunidades. Sin embargo, a tres años de la segunda condena, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán revocó las penas de 20 y 15 años de prisión que ambos efectivos habían recibido en septiembre de 2023 y dispuso su inmediata libertad.

El fallo, fechado el 9 de octubre de 2026 y firmado por los vocales Daniel Leiva, Antonio D. Estofán y Fabián Adolfo Fradejas, no puede leerse sin volver sobre el recorrido de la causa. La versión que hoy avala la Corte es la misma que instalaron los policías desde el comienzo y que, durante los procesos judiciales anteriores, fue cuestionada y desmentida a partir de pericias que determinaron que las víctimas no habían efectuado disparos con armas de fuego.

El hecho

En las primeras horas de la madrugada del 8 de marzo de 2018, Facundo y su amigo Juan circulaban en una moto conducida por este último. Ambos volvían del Parque 9 de Julio, adonde habían ido a ver carreras de motos. En el camino quedaron en medio de una persecución que dos agentes de la Policía Motorizada llevaban adelante contra un grupo de motociclistas. Los efectivos comenzaron a disparar postas de goma y luego utilizaron sus armas reglamentarias de 9 mm. Uno de esos disparos impactó en la nuca de Facundo y terminó con su vida.

Durante ese mismo día, la versión policial, que sostenía que los chicos habían disparado, fue reproducida por los medios de comunicación y generó discursos de odio. Con el correr de las horas, esa versión comenzó a ponerse en duda debido a las contradicciones de los agentes.

El 10 de marzo, el medio La Garganta Poderosa publicó una carta de Mercedes Ferreira, la abuela de Facundo, en la que expuso cómo los medios habían instalado la versión policial sin siquiera chequear el apellido y la edad del niño. Con esa publicación tomó mayor visibilidad la lucha de la familia en busca de justicia, cuyos integrantes se sintieron discriminados desde el primer momento por vivir en el barrio Juan XXIII (también conocido como “La Bombilla”), un territorio históricamente estigmatizado.

Dos juicios, dos tribunales y dos condenas

En octubre de 2021, después de un primer juicio oral, los policías Nicolás Javier González Montes de Oca y Mauro Gabriel Díaz Cáceres fueron condenados a prisión perpetua por el homicidio agravado de Facundo. La sentencia, dictada por el tribunal integrado por Wendy Adela Kassar, María Fernanda Bahler y Raúl Cardozo, reconoció la responsabilidad penal de ambos efectivos en la muerte del niño.

Sin embargo, en febrero de 2023, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán anuló ese juicio y ordenó realizar otro. La decisión no fue unánime, las vocalías de Claudia Beatriz Sbdar y Daniel Oscar Posse votaron en disidencia. 

El segundo juicio comenzó el 31 de julio de 2023. La fiscalía pidió nuevamente la prisión perpetua para los acusados. Durante el debate se volvió a discutir la versión policial y se analizaron las pruebas vinculadas con los disparos, la persecución y las circunstancias en las que Facundo recibió el impacto que terminó con su vida.

En agosto de 2023, el tribunal integrado por Stella Maris Arce, Alicia Freidenberg y Patricio Prado condenó a Díaz Cáceres a 20 años de prisión y a González Montes de Oca a 15 años, pero por homicidio simple. Aunque las penas fueron menores, este segundo tribunal volvió a atribuirles responsabilidad por la muerte de Facundo.

La absolución y el regreso de una versión cuestionada

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán revocó la sentencia dictada en el segundo juicio con el argumento de que los efectivos habían obrado en cumplimiento de su deber. La resolución también dejó sin efecto la condena civil que se había dispuesto contra los policías y el Estado provincial.

El tribunal consideró que la sentencia de 2023 había evaluado parcialmente los elementos de la causa y que no había tratado de manera suficiente la posibilidad de que los policías hubieran actuado en cumplimiento del deber.

Esa conclusión vuelve a poner en el centro la primera versión policial. Sin embargo, esa hipótesis había sido discutida durante los dos juicios que terminaron con condenas. La nueva resolución modifica el resultado judicial de la causa y deja sin efecto aquellas sentencias, pero no borra el recorrido que permitió cuestionar la actuación policial ni las decisiones anteriores que encontraron responsables a los efectivos.

La muerte de Facundo no es el primer caso de violencia policial en Tucumán que termina con sus responsables absueltos por la Corte provincial. En este tipo de procesos judiciales parecieran quedar más preguntas que respuestas: ¿qué cambió entre aquellas sentencias y esta última decisión?¿Cómo una misma causa puede pasar de dos condenas a una absolución basada en una interpretación de los hechos que había sido cuestionada durante los debates anteriores? ¿Qué busca la Corte Suprema de Justicia y cuál es el mensaje que  quiere transmitir a la sociedad con estos fallos?