Femicidio como figura legal

El 18 de abril la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la proposición de incorporar la figura de femicidio al Código Penal como un tipo agravado de homicidio. Este es un proyecto que surge del consenso de 15 presentaciones de diputados de diferentes bloques y que busca la reforma del artículo 80 del Código Penal en los incisos 1 y 4. En el primer caso se plantea la pena de "reclusión perpetua a quien matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”. En cuanto al inciso 4 la modificación está dada por la definición de femicidio como "un crimen hacia una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género". Ahora resta pensar si esta modificación aporta o no en algo a la erradicación de la violencia de género. Una reflexión al respecto es la que presenta el Dr. Augusto Moeykens, profesor de la Cátedra de Criminología de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Tucumán (U.N.T) que en diálogo con La Palta afirmó que a su criterio el femicidio es una figura seudofeminista que no produce ningún cambio positivo.

Para explicar mejor este punto de vista, el letrado afirma que desde la cátedra en la que desarrolla su labor docente no son partidarios de las reformas del Código Penal porque lo fraccionan en figuras legales que aumentan determinadas penas y hacen que se pierda el espíritu basado en que lo más valioso es la vida humana. Así por ejemplo sucedió, según comenta, con las reformas Blumberg que endurecieron las sanciones aplicadas a los secuestros extorsivos llegándose en algunos casos a darle una pena mayor que a los homicidios, siendo estos últimos mucho más graves por atentar contra la vida humana. Por otro lado la disconformidad en cuanto a la modificación en lo que a femicidio se refiere, Moeykens sostiene que la nueva figura legal no previene, "poner penas más duras en homicidios que se producen como consecuencia de relaciones patológicas no van a evitar las muertes de esas mujeres, porque estos hombres no deciden matar o dejar de matar según la cantidad de años que se les va a dar. Es necesario entonces trabajar en lo que respecta a prevención.Buscar cumplir la ley nacional de violencia contra las mujeres que tenemos desde hace 5 años, ver por qué no está funcionando por qué no se reduce ese tipo de violencia". Explica que el femicidio está relacionado a un grupo social que el área de criminología lo identifica para estudiar la problemática y darle una respuesta desde su análisis, identificar las causas y trabajar para rescatar antes a esa posible víctima, pero que como figura legal no aporta porque ya se tiene la del homicidio agravado por el vínculo que sanciona el hecho consumado.

Diferentes diputados en medios nacionales declararon que este proyecto tiende a reivindicar los derechos de género, que se encolumna en la larga lista de avances en esta dirección y que es también un reconocimiento social a la problemática. En este sentido Augusto Moeykens es muy claro cuando afirma que si de reconocimiento se trata puede ser mucho más representativo y eficiente declarar un día nacional de la lucha contra la violencia de género, incluirlo en las efemérides e incorporarlo para trabajar y reflexionar sobre el tema en las escuelas. Pero planteado así como está no es una medida coherente con la política de Derechos Humanos que se viene reivindicando sino que más bien parece responder a la idea de que cualquier decisión que se aproxime a los derechos femeninos va a ser positiva.

Es necesario tener en cuenta que la muerte es el último escalón en lo que respecta a violencia de género y es un punto de no retorno. El maltrato al sexo femenino está tan naturalizado que hasta que no se llega a la agresión física no parece preocupar demasiado a nadie, pero es en realidad una situación que si se está alerta se puede prevenir porque existen muchos indicadores de otros agravios más sutiles. Modificar el Código Penal agravando las penas es una medida que se presenta como un paso en el camino a la solución pero que lejos de remediar algo actúa cuando el daño ya está hecho. El camino desde lo legal parece estar claro con La Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y desde lo pragmático involucra a la sociedad toda según aclara Moeykens cuando afirma: "la prevención se consigue yendo a las causas, descubriendo a tiempo las relaciones de riesgo, reconociendo que la violencia tiene una trascendencia pública donde todos los autores tenemos que intervenir y dejar de pensar que es un problema privado, no podemos esperar que solo la mujer golpeada haga la denuncia, tenemos que darnos cuenta que esa mujer no puede porque está sometida, porque sostiene una relación patológica, porque está privada de su autonomía y porque tiene miedo".

Gabriela Cruz

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