La fiscalía y la valoración de las pruebas
/“Ha habido partos, ha habido niños que han vivido durante meses en el penal. Han sido perseguidos, golpeados, torturados”. Esa fue una de las enumeraciones que hizo el fiscal Pablo Camuña en su afán de dejar claro por qué el penal de Villa Urquiza funcionó, entre 1975 y 1983, como un centro clandestino de detención. El miércoles 17, en el debate oral y público que juzga las responsabilidades de diez imputados, se escucharon los últimos alegatos de la parte acusadora. El Ministerio Público Fiscal, integrado por Leopoldo Peralta Palma, Pablo Camuña y Patricio Rovira, presentó una extensa exposición por las casi 40 víctimas de esta megacausa conocida como ‘Villa Urquiza’.
El primero en hablar fue Camuña que se refirió en forma general al contexto y puntualizó en las características del penal de Villa Urquiza durante los años de la dictadura militar. El fiscal citó las palabras textuales de Acdel Vilas, militar (fallecido en 2010) que estuvo al mando del Operativo Independencia en 1975: “La Cárcel General Urquiza pasó a ser custodiada por una Sección de Infantería del Ejército. Desde el penal hacia el exterior había un flujo de información tan alarmante y de tanta importancia que cambié toda la organización del mismo”, había expresado Vilas. “Como la Reglamentación de Institutos Penales permitía las visitas a los presos […] opté por terminar con la anormalidad”, había señalado el militar con sus propias palabras. Este cambio, además, fue contado en reiteradas ocasiones por familiares y sobrevivientes a lo largo de 17 audiencias. “En principio, tras seleccionar a los guardias cárceles, les impuse un horario rotativo que les impedía continuar los contactos tomados con ‘subversivos’”, fueron las expresiones de quien fuera beneficiado por las leyes de Punto Final durante la presidencia de Raúl Alfonsín e indultado por Carlos Saúl Menem. En esta última oración, quizás las palabras claves sean 'tras seleccionar a los guardia cárceles'. Los testimonios dieron cuenta del ensañamiento, de la crueldad y hasta de cierto disfrute de algunos de ellos al momento de propinar los tormentos.
Luego, Camuña señaló otras series de reglamentaciones y decretos que remarcaron esas disposiciones. Reglamentaciones tendientes a una mayor restricción que lejos de dar legalidad a los procesos durante aquellos años, los sumían en la represión y en la clandestinidad. “Todas las supuestas razones de las mal llamadas detenciones fueron disposiciones posteriores que vinieron a ‘blanquear’ secuestros llevados adelante en el marco de este sistema criminal”, afirmó el fiscal. “En ningún caso se exhibió orden de juez a la hora de privar a alguien de su libertad, ni orden de allanamiento para el ingreso a sus viviendas”, señaló y enfatizó que las supuestas causas eran armadas en base a ‘confesiones’ conseguidas bajo torturas. En este punto no dudó en indicar la complicidad del ex Juez Federal Manlio Torcuato Martínez, recordado por decenas de testigos como quien no recibía hábeas corpus y señalado por una de las sobrevivientes como el que le respondió, cuando quiso denunciar las vejaciones a las que fuera sometida, "Hijita no se queje, si es subversiva, bánqueselas".
Las descripciones de cada uno de los casos y la valoración de las pruebas producidas las realizaron los fiscales Patricio Rovira y Leopoldo Peralta Palma. En primer lugar se habló de las mujeres que se encontraban recluidas en el penal, pese a ser este un espacio de varones. Siete son las mujeres que son víctimas en esta megacausa, pero los testimonios hablan de más de una veintena que allí fueron alojadas. Los testigos habían contado de la presencia de los niños que compartían las mismas condiciones que sus madres y de, por lo menos, dos partos que se habrían producido dentro de las celdas. Uno de esos partos atendido por las mismas reclusas en las condiciones más precarias imaginadas. El otro alumbramiento, indicó la víctima, fue de un embarazo producto de las reiteradas violaciones. SN contó en la sala de audiencias que dio a luz vendada, sobre un colchón en el piso y que nunca vio a su hijo. Ella aún busca aquel niño, porque siempre creyó que fue un varón.
Los fiscales siguieron con los llamados presos ‘subversivos’ que estuvieron detenidos en el pabellón de encausados y que, tras el asesinato de José Cayetano Torrente en un supuesto motín, fueron trasladados al pabellón ‘E’. El que también fuera conocido como ‘el pabellón de la muerte’, donde las condiciones de reclusión fueron mucho más duras y cruentas. Y donde, además, se produjo otra de las muertes que figuran en esta megacausa: la de Juan Carlos Suter. Antes de referirse a los ex funcionarios que fueron detenidos y que pasaron por el ‘pabellón de la muerte’, hablaron de los tres casos de desaparición dentro de este universo de víctimas. Se trata de Manuel Ascencio Taján, Alberto César Ferreyra y Jorge Oscar Kofman.
El pedido de pena se realizará el lunes 22, día que harán su alegato los abogados defensores tanto particulares como oficiales. Se espera que el 23 de diciembre al mediodía se conozca el veredicto del tribunal integrado por Carlos Jiménez Montilla, Gabriel Casas y Juan Carlos Reynaga. "Aquí hay dos imputados que están relacionados directamente con el CCD (centro clandestino de detención) de Jefatura de Policía y su interacción con el penal de Villa Urquiza, que son Albornoz y Lazarte. En base a eso, las escalas penales dentro de las cuales vamos a tener que evaluar las penas son muy variables", adelantó el fiscal Camuña respecto a la solicitud que realizarán lunes. Y si bien desde las palabras de los imputados se ha tratado de dar a entender que había un marco de legalidad en estos hechos, el fiscal no duda en afirmar que son delitos de lesa humanidad. “Solo para graficar esto, un dato: entre las 39 víctimas que forman parte de la presente causa suman 100 años de condena”, dijo en la puerta del Tribunal Oral Federal. “Entre todos ellos lo que hicieron fue tomar un grupo de casi 40 personas y quitarles 100 años de sus vidas”, sostuvo el fiscal quien no duda en considerar que, para que sea justicia, la condena debe ser acorde a la gravedad de los delitos cometidos.