La causa Romano, un ejemplo de prevaricato

Fotografía de Julio Pantoja | Agencia Infoto

Después de casi dos meses, el debate oral y público en el que se juzga el accionar del exjuez federal Manlio Torcuato Martínez durante la última dictadura militar entra a su instancia final. El jueves 30 de abril se concretó la última audiencia de declaraciones testimoniales en el Tribunal Oral Federal (TOF) de la provincia. A partir de ahora resta incorporar las pruebas documentales y que se determine una fecha definitiva para el inicio de los alegatos. El tribunal integrado por el juez del Tribunal Oral Criminal de la Capital Federal, Hugo Norberto Cataldi, el integrante del TOF N°2 de Córdoba José Fabián Asis y el juez federal de San Francisco, Córdoba, Mario Eugenio Garzón, estima que el 14 de mayo se concrete el alegato del Ministerio Público Fiscal.

A lo largo de estas audiencias se buscó probar, a través de los distintos testimonios, cuál fue el accionar del exmagistrado. De acuerdo a la acusación realizada por la fiscalía y las querellas, Martínez está imputado en carácter de autor de los delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, denegación y retardo de justicia; y en carácter de partícipe de los homicidios calificados de María Alejandra Niklison, Fernando Saavedra, Eduardo González Paz, Juan Carlos Meneses y Atilio Brandsen. Por otro lado, también se le imputan los delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario, prevaricato y privación ilegítima de la libertad en relación a Miguel Atilio Romano.

Sobre este último caso, Bernardo Lobo Bougeu, representante de las querellas particulares de Silvia Patricia Romano y de María Delina Romano, destaca que, a pesar de las dilaciones iniciales, el debate se esté realizando con total normalidad. El abogado querellante que representa a las hijas mayores de Miguel considera que hay prueba suficiente, tanto documental como testimonial, para condenar a Manlio Martínez, para quien considera pedir la máxima condena establecida en el Código Penal.

Un cómplice y un garantista de delitos de lesa humanidad

En la causa de Miguel Romano, de acuerdo a lo que señala Lobo Bougeu, queda claro que Manlio Martínez no actuaba presionado por las circunstancias de la época, como él mismo trata demostrar, sino que actuó prevaricando, o sea desviando la ley. Esto se desprende, según indica el abogado querellante, de la causa que el mismo Martínez hubo instruido en contra de Romano.

La causa en cuestión se sustanció entre los años 1976 y 1977 cuando, el 24 de mayo, días después de la ejecución de los cinco militantes que se encontraban en la casa de calle Azcuénaga al 1800, Miguel se presentó ante el juzgado a aclarar que era el propietario de esa vivienda. La vivienda estaba alquilada por el matrimonio Romero Nicklison y el 20 de mayo de 1976 (día en que fueron ejecutados) María Alejandra Nicklison se encontraba reunida con sus compañeros de militancia Fernando Saavedra, Eduardo González Paz, Juan Carlos Meneses y Atilio Brandsen. “Su caso es desatendido”, señala Lobo Bougeu que además aclara “la propia Justicia apenas comienza a instruir la causa se percata que Romano era un enfermo psiquiátrico, había informes de marzo de 1975 que sufría esta patología, y sin embargo lo procesa, lo tiene más de un mes en un centro clandestino de detención de la Brigada de Investigaciones, sin motivo alguno”.

En definitiva, afirma el abogado, ya con esa sola causa y las propias probanzas que en ella existen, queda demostrado el prevaricato del exjuez. “Prevaricando comete privación ilegal de la libertad de Miguel Armando Romano”, señala quien además representa a la querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. “Y a esta altura los testigos vienen confirmando este proceder absolutamente ilegal de parte de Manlio Martínez”, remarca.

 “El poder judicial no era ajeno a la metodología de ejecuciones sumarias”, indica sin miramientos Bernardo Lobo Bougeu que no duda en asegurar que desde ese ámbito se fabricaban causas  contra las personas que aparecían ligadas a alguna militancia política. Tal fue el caso de Miguel Romano que estaba afiliado al partido Justicialista aunque no militara en él. De acuerdo a lo que se desprende de la acusación, Martínez no solo era el más alto magistrado en el juzgado federal sino que era cómplice de quien, aprovechando el estado de debilidad que había vivido Romano, negoció a muy bajo precio la casa de calle Azcuénaga. “O sea de la misma estructura judicial salían personas civiles que se aprovechaban de estas situaciones y en forma dolosa, es decir que actuaban sabiendo lo que hacían, negociaban a precio de remate las propiedades de las personas que antes habían sido procesadas”, explica el letrado. “El juez, ante estas situaciones, nunca verificó que el inmueble le haya sido devuelto a Miguel Armando Romano”, señala. “Es decir que aparece el juez como fomentando toda una actividad delictiva. Hasta el momento nosotros tenemos la plena convicción que hizo de apoyatura civil en el ámbito de los tribunales para garantizar esos procedimientos de hecho que llevaba adelante el terrorismo de Estado”, agrega Lobo Bougeu.

La otra causa contra Manlio Torcuato Martínez es por homicidio. Se desprende de una que ya fue juzgada en el año 2011 y que se conociera como “Romero Nicklison”. Esa acusación, sumada a la del secuestro y tortura de Romano, y vinculada por la propiedad de calle Azcuénaga, demuestran otros vínculos y una red de complicidades que no se pueden justificar en el temor, como dijera uno de los testigos que pasaron por la sala de audiencias. “Quiero recatar el accionar de otros miembros del Poder Judicial”, dijo en su testimonio hace un par de semanas Benito Moya. Un accionar que les costó la vida a algunos, el exilio a otros o perder espacios y ser sacados del fuero federal, como le ocurriera a Raúl Eugenio Zaffaroni. Un accionar que dividió las aguas entre los cómplices y serviles y los luchadores y comprometidos.