Rafael Nahuel: ¿cuántos años vale una vida?

Foto de David Sánchez | agencia Telam

Ayer se conoció la condena a los responsables del homicidio de Rafael Nahuel, el joven que fue asesinado de un tiro por la espalda el 25 de noviembre de 2017. El Tribunal Oral Federal (TOF) de General Roca determinó condenar a cinco años de prisión al prefecto Sergio Cavia por el delito de homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa y a cuatro años y medio a Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio García por considerarlos partícipes necesarios. Todos ellos esperan la condena firme en libertad, según lo decidieron los jueces Alejandro Silva (presidente), Simón Bracco y Pablo Díaz Lacava.

Después de tres meses de audiencia, en su alegato final, la Fiscalía había solicitado cinco años de prisión para cada uno de los imputados, aduciendo como atenuante el “exceso en legítima defensa”. “No fue un enfrentamiento. A mi hijo le pegaron un tiro por la espalda”, había vociferado Alejandro Nahuel, padre de Rafael. En efecto, entre las pruebas fundamentales están las pericias que determina que la bala disparada por Cavia entró por la espalda del joven.

En este punto coincidieron las tres querellas, representada por los abogados de la familia Nahuel, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos - Bariloche, que habían pedido la pena de prisión perpetua para todos los imputados. De acuerdo a lo sostenido por los letrados, no existió un enfrentamiento con armas de fuego que justifique la atenuante del exceso en legítima defensa. Según habían planteado oportunamente, los Albatros persiguieron y dispararon en más de 150 oportunidades contra los integrantes de la comunidad, quienes se defendieron arrojando piedras.

El juicio: tres meses de audiencias

Durante los tres meses que duró el debate oral y público se escucharon las declaraciones de los imputados, los testimonios de las personas que estuvieron en el lugar y de los peritos y se hizo una inspección ocular. Los imputados no estuvieron presentes en la sala incluso durante la sentencia y siguieron el proceso por medio de videoconferencia.

Uno de los testimonios de la defensa que llamó la atención fue el del Prefecto Mayor de Prefectura Naval Julio César Mostafá. En el diario Página12, la periodista Adriana Meyer reprodujo el diálogo que se dio en la sala de audiencias:

-¿Conoce algunas características de las comunidades mapuches?, preguntó Feudal.

-Sólo lo que se había visto en los medios de comunicación. Lo que había pasado en Chile. Sabíamos que (el desalojo) era en Bariloche, en apoyo a la Policía Federal y que iba a haber algún tipo de agresión. Sabía que (en Chile) había habido quemas de viviendas, ese tipo de cosas, bloqueo de rutas, lo que salió en los medios de comunicación, respondió Mostafá. -¿Qué vio o escuchó de cómo fue ocupado el predio?, insistió el abogado.

-Vi por los medios que habían ocupado unos días antes, en Clarín. Y, después, cuando recibí la orden, me acordé lo que había visto, contestó el oficial de Prefectura.

-¿Qué sabe usted de la RAM (Resistencia Ancestral Mapuche)?, quiso saber Feudal

-Lo que leí en los medios, bloqueo de rutas en Chile, quemado de algunas fincas.

-¿Por qué asoció esa palabra con el operativo?, presionó el querellante.

-Es imposible no asociarlo, hablaban (los medios) de ramificaciones de la RAM en nuestro país, lo relacionaban con (Facundo) Jones Huala de la comunidad mapuche, imposible no relacionarlo, fue la respuesta de Mostafá.

-¿Tomó esa determinación (realizar el operativo) en base a los medios?

-Si se quiere, sí, reconoció Mostafá.

Entre los testigos de la parte acusadora estuvo María Nahuel, tía de Rafael que estuvo también durante la represión. “No somos terroristas; solo queremos vivir como mapuches”, había dicho la mujer que tenía puesta una remera con la foto de su sobrino. “No teníamos armas para pelear, sino apenas gritos o insultos”, afirmó María, dejando claro no hubo un enfrentamiento.

La testigo, además, contó que dos días antes del homicidio de Rafael, durante el desalojo ya habían sido golpeadas no solo las mujeres sino también los niños de la comunidad. “¿Qué nos maten por la espalda? Los muertos siempre los llevamos nosotros. No somos guerrilleros, queremos vivir libres como ustedes crían a su familia”, había dicho María.

Foto de David Sánchez | agencia Telam

Los hechos y los pedidos de pena

Entre el 23 y el 25 de noviembre de 2017, se produjo un violento desalojo de la comunidad Lafken Winkul Mapu en la zona del lago Mascardi (provincia de Río Negro) dispuesto por el juez federal de Bariloche Gustavo Villanueva. El operativo fue llevado adelante por la Prefectura Naval Argentina, dependiente del Ministerio de Seguridad, en ese momento a cargo de Patricia Bullrich. El Grupo Albatros, responsable del operativo, disparó contra la comunidad que se encontraba defendiendo el territorio y uno de esos disparos alcanzópor la espalda al joven mapuche Rafael Nahuel. Además, resultaron heridas otras dos personas (una mujer y un varón) también por armas de fuego, y fueron detenidas varias otras, incluyendo cinco niños.

La Fiscalía, a contramano de las otras partes acusadoras, sostuvo que sí se trató de exceso en legítima defensa y pidió cinco años de prisión. Las querellas los consideró coautores funcionales del delito de homicidio doblemente calificado en concurso ideal con homicidio agravado en grado de tentativa. Además, la familia de Rafael Nahuel, representada por los abogados Rubén Marigo y Ezequiel Palavecino, pidió que se incorpore a la causa el agravamiento por odio racial y que se considere como un caso de violencia institucional equiparable al terrorismo de Estado.

Un detalle a tener en cuenta es que el fallo se conoció a seis años de los hechos y la misma semana en que la exministra de seguridad fuera confirmada por el presidente electo Javier Milei como la responsable de esa misma cartera en su próxima ge